LA LEY DE LOS
VOTOS:
Números 30:1-16
Pastor: Carlos Ramírez Jiménez:
(1) Ley De Los Votos[1]. NÚMEROS 30:1-16:
En tiempos de necesidad especial, las personas comúnmente hicieron votos
de hacer algo especial en el futuro si Dios les ayudaba en el momento de crisis
(ver Gn.28:20-22; Núm.21:2; Jueces 11:30-40; 1 Sam.1:11).
Este tipo de voto incluye la promesa de hacer algún
servicio especial para Dios o de presentar sacrificios especiales a Dios. A
veces el voto incluye la promesa de abstenerse de algo (ver 1 Sam.14:24; Salmo 132:1-5;
Hechos 23:12). Cuál sea la promesa que se hace, un principio general es que la
persona debe cumplir sus votos (Deut.23:21-22; Prov.5:4).
Si por cualquier razón alguien no quiere o no puede
cumplir un voto de sacrificar o dedicar algo a Dios, Levítico 27 demanda el
pago de un precio por el rescate de las cosas prometidas a Dios. Este pasaje trata otro problema: la validez de los votos hechos por mujeres.
¿Por Qué Se Coloca Este Pasaje
Aquí?
Los votos se relacionan estrechamente con los
sacrificios, el tema de los caps. 28 y 29. Aunque los sacrificios tratados en
esos capítulos son los que los sacerdotes presentan a favor de toda la
congregación, en 29:39 menciona que los sacrificios presentados por individuos
se agregan a los de los sacerdotes. Entre los que los individuos presentan
están las ofrendas votivas.
Este era un tipo especial de los sacrificios de paz
(ver Lv.7:16) que se presentaba al hacer el voto. Después de recibir la ayuda
divina pedida, la manera más común de pagar el voto era por la presentación de
sacrificios de paz en acción de gracias (Lv.7:16; Deut.23:23; Salmo 50:14; 116:13-19;
Jon.2:9).
Hay otras razones por la inclusión de las reglas
acerca de los votos aquí. Era común hacer votos en
tiempos de guerra, e Israel está por salir en una campaña militar contra Madián
(cap. 31). Más adelante queda la campaña de conquista de Canaán. En 21:2,
Israel había hecho un voto de aniquilar a los cananeos, y este pasaje sirve
para recordar al pueblo de la necesidad de cumplir ese voto.
Quizás más pertinente aun es el hecho de que las
tribus de Rubén, Gad y parte de Manasés van a dejar a sus familias al este del
Jordán mientras participan con las otras tribus en la conquista de la tierra al
este del Jordán (32:26, 27). Durante la ausencia de los hombres, puede ser que
las mujeres hagan votos con los cuales su marido no esté de acuerdo. Este
capítulo trata justamente de esta posibilidad.
El Principio General. Números 30:1, 2.
Antes de tratar con los casos excepcionales, se
reitera el principio de que hay que cumplir con los votos. Voto en el v. 2 se refiere a una promesa de hacer
algo por Dios, mientras que juramento indica una promesa de abstenerse de algo.
(En otros
contextos, voto se usa para los dos tipos de promesas). Los votos
hechos por los hombres siempre tienen vigencia y han de cumplirse.
Los Votos De Una Joven. Números
30:3-5.
Mientras que una joven viviera en la casa de su padre,
estaba bajo la autoridad de él. Si ella hace un voto, y él no levanta objeción
al enterarse, el voto queda vigente.
Pero si el padre no está de acuerdo, tiene la
autoridad de anular el voto de su hija, si lo hace inmediatamente al enterarse
del asunto. La responsabilidad de los hijos de obedecer a los padres aquí tiene
preferencia sobre la responsabilidad de cumplir una obligación voluntariamente
asumida (comp. Marcos 7:10-13).
Los Votos De Una Joven Comprometida. Números 30:6-8.
Al comprometerse una joven pasa de estar bajo la autoridad
de su padre a la de su marido. Ahora él puede anular un voto de ella, pero
tiene que hacerlo inmediatamente al enterarse del asunto.
Los Votos De Una Mujer Viuda o Divorciada. Números 30:9.
En estos casos, la mujer no está bajo la autoridad de
ningún hombre; ella es responsable por ella misma. Por eso, sus votos siempre
tienen vigencia como los de un hombre.
Los Votos De Una Mujer Casada. Números 30:10-16.
A primera vista, este pasaje parece ser una repetición
de los vv. 6-9, pero la diferencia
es que aquí se trata de una mujer casada en vez de una joven comprometida. El
esposo puede anular un voto hecho por su mujer.
Pero los vv.
14, 15 subrayan que él debe hacerlo cuando primeramente se entera del
asunto. Si no dice nada por algún tiempo, y después levanta objeción contra su
voto, él llevará la culpa por haber quebrantado el voto de ella. Tendrá que
presentar un sacrificio entonces para expiarse (ver Lv.5:4-6).
Estas reglas reflejan el medio ambiente de una edad
cuando la mujer no era económicamente independiente, sino que dependía de su
padre o de su esposo para su sostenimiento. Si ella prometió ofrecer en
sacrificio un animal, podía costarle caro a su padre o esposo.
Es por eso que el hombre tiene el derecho de anular el
voto de una mujer que está bajo su cuidado. Pero la ley reconoce la vigencia de
los votos de la mujer si el hombre quien es responsable por ella no se opone
inmediatamente al enterarse del asunto.
Clase Para
Domingo.
Lea Su
Biblia, Lea Su
Biblia, Lea Su Biblia.
___________
Nota:
[1] H5088 נֶדֶר = néder:
o נֵדֶר = néder; de H5087;
promesa (a Dios); también (concretamente) cosa prometida:- (lo) prometido, voto. (Strong).
H5088 נֵדֶר Voto
(Gn.28:20): —
a) ve-gámu kol nidréiha = y serán
válidos todos los votos de ella (Num.30:5, 4).
b) ki tidór néder lo teajér le-shalmó = cuando
hagas un voto no tardes en cumplirlo (Deut.23:22, 21). — Var. נֶדֶר; Suf. נִדְרוֹ;
Pl. נְדָרִים; Suf. נְדָרַי, נְדָרֶיהָ. (Diccionario de hebreo Bíblico)
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