Parte II:
LOS DIEZ MANDAMIENTOS:
(Éxodo 20:1-26)
“No tendrás dioses ajenos delante de mí… No te harás imagen, ni ninguna semejanza de lo que esté arriba en el cielo, ni abajo en la tierra, ni en las aguas debajo de la tierra… No te inclinarás a ellas, ni las honrarás; porque yo soy Jehová tu Dios, fuerte, celoso, que visito la maldad de los padres sobre los hijos hasta la tercera y cuarta generación de los que me aborrecen, … y hago misericordia a millares, a los que me aman y guardan mis mandamientos… No tomarás el nombre de Jehová tu Dios en vano; porque no dará por inocente Jehová al que tomare su nombre en vano”.
(Ex. 20:3-17)
Pastor: Carlos Ramírez Jiménez:
VII. El Séptimo Mandamiento. Éx.
20:14.
No cometerás adulterio. Este mandamiento reconoce el derecho de cada pareja de mantener la santidad de su matrimonio. Desde la creación la Biblia enseña que el ideal de Dios en la unión matrimonial es la monogamia, o la unión en la familia de un hombre y una mujer (ver Gn. 2:24; Mr. 10:2–9). El adulterio daña las relaciones puras y deja sus marcas sobre las personas comprometidas (ver Prov. 5:3–6).
Para el hebreo antiguo el adulterio era la
relación sexual voluntaria de una mujer casada o desposada con un hombre que no
era su esposo (ver Lv. 18:20; Job 31:9–12). La pena por el adulterio era la muerte para
los dos participantes:
· Si un hombre comete adulterio con una mujer
casada,
· Si comete adulterio con la mujer de su
prójimo,
· El adúltero y la adúltera morirán irremisiblemente (Lv. 20:10; ver Deut. 22:22–24; Juan 8:5).
El adulterio no incluía relaciones
sexuales de un hombre con mujeres no casadas, aunque había penalidades para
casos así (ver 22:16; Deut. 22:28, 29). En suma, el adulterio era considerado
una violación de la santidad del matrimonio, y era una ofensa contra el esposo,
quien tenía el derecho exclusivo a los favores sexuales de su esposa.
Otra palabra bíblica que también se
refiere a la perversión sexual es "fornicación". En el AT., significa "prostitución",
o "hacerse
ramera" (ver Ez. 16:26–30), y en el NT., se refiere a toda
relación sexual fuera del matrimonio (ver 1 Cor. 5:1; Gál. 5:19).
La enseñanza de Cristo ensancha la interpretación del adulterio (Mt. 5:27–32), y el NT., no limita la aplicación del séptimo mandamiento únicamente a una relación ilícita con una mujer casada; se refiere a una relación sexual de una persona casada, sea hombre o mujer, con una persona que no es su cónyuge.
La Biblia afirma la pureza de la capacidad sexual dentro del matrimonio. Es un don de Dios, y el casamiento es divinamente ordenado. El amor entre el hombre y la mujer unidos en matrimonio es sagrado. Los dos deben guardar celosamente la pureza de su unión y no permitir que el adulterio entre para lastimar la relación. La palabra es categórica: No cometerás adulterio (v. 14).
VIII. El Octavo Mandamiento. Éx.
20:15.
No robarás. Dios da al
hombre el derecho a poseer propiedad como un mayordomo suyo. Así que, el
Señor dice: La tierra no se venderá a perpetuidad,
pues la tierra es mía... (Lv. 25:23; ver Salm. 24:1). Este derecho
concedido al hombre por Dios es la base teológica más grande contra el
comunismo y el socialismo absoluto.
La palabra "robar" quiere decir tomar
algo a escondidas, o furtivamente, como si estuviera bien hacerlo mientras que
nadie lo sepa. El objeto del verbo robar, o hurtar, puede ser tanto una cosa
(22:1, 2) como una persona (21:16; Deut. 24:7).
Dios dijo:
Ø No robarás, o no tomarás nada de nadie a
escondidas.
Isaías dijo:
Ø ¡Ay de los que juntan casa con
casa y acercan campo con campo, hasta que ya no queda más espacio...! (5:8; ver Amós
3:10).
El hurtar incluía el robo, el rapto, el fraude y la usura. Pablo dijo que el trabajo honesto era el remedio mejor para aquellos que roban (Ef. 4:28).
IX. El Noveno Mandamiento. Éx.
20:16.
Este mandamiento da el derecho a los miembros de la comunidad
del pacto de tener un buen nombre: No darás falso testimonio contra tu prójimo (v. 16). El nombre
simboliza la persona, y es todo lo que un individuo posee en realidad. El mandamiento
va junto con el octavo:
No hurtarás el buen nombre de una persona dando testimonio
mentiroso bajo juramento, ni chismeando.
El principio es:
v Hablarás la verdad.
Como castigo, se aplicaba la ley del
talión para el testigo falso en litigio:
v Le haréis a él lo que él pensó hacer a su
hermano.
Así quitarás el mal de en medio de ti (Deut. 19:19). Sin embargo, seguía el problema como una preocupación de los profetas de Israel (ver Jr. 7:8–10; Os. 4:2), y lo será para cualquier sociedad que quiere sobrevivir. No hay nada que destruya una nación más rápidamente que el falso testimonio, o la mentira, en la sociedad y en el sistema judicial.
El aspecto positivo del mandamiento
implica que el miembro de la comunidad debe asumir la responsabilidad de ser un
testigo veraz. De
esta verdad se desprenden dos implicaciones fundamentales:
(1) Uno no debe
callar cuando hay necesidad de testificar: Cuando una
persona peque porque, habiendo oído la advertencia del juramento y siendo ella
testigo que lo vio o lo supo, no lo denuncie, será considerada culpable (Lv. 5:1; ver Prov. 14:5).
(2) Todos los redimidos son llamados a testificar de la
gloria y la salvación de Jehová (ver Is. 43:10, 12; 55:4).
Sin embargo, el problema seguía como una preocupación para los profetas de Israel (ver Jr. 7:8–10; Os. 4:2), y lo será para cualquier sociedad que quiere sobrevivir. No hay nada que destruya más rápido una nación que el falso testimonio o la mentira, en la sociedad o en el sistema judicial. De la misma manera, no hay nada más desastroso para el reino de Dios que el falso testimonio, de vida o de palabra, de los que profesan ser miembros de la familia de fe.
X. El Décimo Mandamiento. Éx. 20:17.
No codiciarás... El verbo
traducido codiciar, en el hebreo significa un "deseo desordenado, egoísta e indomado",
y "tomar
placer en". Entonces, tiene un significado doble; es un deseo
secreto por algo que pertenece a otro, y es una acción que brota del deseo de
tomar lo deseado (ver 34:24; Deut. 7:25). Este mandamiento y el octavo
garantizan el derecho fundamental de poseer propiedad privada.
El mandamiento es una prohibición contra la envidia. El miembro de la
comunidad no debe codiciar la familia del prójimo, ni su propiedad, ni cosa
alguna de él. Todo lo que tiene el otro es don de Dios, y el codiciar lo de su
prójimo es despreciar lo que él tiene. Así que el codiciar es rechazar la
providencia de Dios.
· El primer mandamiento había establecido la
relación correcta para con Dios.
· El última trata de la relación correcta para con su prójimo; sin embargo, éste depende de la relación principal con Jehová.
(4) El Terror Del Pueblo. Éx. 20:18–20.
El drama aumentaba; además de los truenos, los relámpagos, el sonido de la corneta y el monte que humeaba, Jehovah había hablado dando al pueblo las Diez Palabras. Con el susto del fenómeno físico entró el terror de haber oído la voz de Dios y el significado moral de sus demandas. ¿Podrían vivir habiendo escuchado la voz divina? (ver Is. 6:5) Los hebreos dijeron a Moisés: Habla tú con nosotros, y escucharemos. Pero no hable Dios con nosotros, no sea que muramos (v. 19). Para ellos, la palabra de Moisés como mediador era suficiente; confiaban en él. ¡No era necesario que Dios les hablara!
Entonces Moisés les respondió: No temáis, porque Dios ha venido para probaros... para que no pequéis (v. 20). Las palabras de Dios, o los Diez Mandamientos, no fueron dadas para que el pueblo muriera, sino para que viviera. Era el pecado el que producía la muerte. Así que, aun el temor era una parte de la enseñanza divina; Israel, todavía en su "jardín de infantes nacional", tendría que aprender la importancia de obedecer las estipulaciones del pacto, y el temor producido era el primer paso en su educación. Más tarde vendría el evangelio y con él se vería la lección de amor como el medio más perfecto.
2. EL LIBRO DEL PACTO: LOS ESTATUTOS INICIALES. Éx. 20:21–23:33:
LOS
DIEZ MANDAMIENTOS: |
||
1 |
“No tendrás dioses ajenos delante de mí” |
Éx. 20:3 |
2 |
“No te harás imagen” |
Éx. 20:4 |
3 |
“No tomarás el nombre de Jehová tu Dios en vano” |
Éx. 20:7 |
4 |
“Acuérdate del día de reposo para santificarlo” |
Éx. 20:8 |
5 |
“Honra a tu padre y a tu madre” |
Éx. 20:12 |
6 |
“No matarás” |
Éx. 20:13 |
7 |
“No cometerás adulterio” |
Éx. 20:14 |
8 |
“No hurtarás” |
Éx. 20:15 |
9 |
“No hablarás contra tu prójimo falso testimonio” |
Éx. 20:16 |
10 |
“No codiciarás” |
Éx. 20:17 |
En 24:4 se hace referencia a las palabras
de Jehová escritas por Moisés y después al libro del pacto que Moisés leyó a
los ancianos de Israel (24:7; ver 24:1). A la luz de estos versículos la
sección 20:21–23:33 ha sido titulada El Libro del Pacto o El Código del Pacto.
Los estatutos iniciales están ligados
estrechamente con el Decálogo; son leyes civiles derivadas de los principios
revelados en Sinaí. Debido a la relación integral entre los dos, la narración
histórica se interrumpe y sigue en el cap. 24 con la ratificación del pacto por
medio de los ancianos.
Parece que los términos usados en 24:3
ayudarán a distinguir entre el material incluido en la sección.
Ø Moisés fue y refirió al pueblo todas las
palabras (diberei H1697,
Una forma constructiva de debarim
H1697) de Jehová y todos los decretos (mishpatim
H4941), y todo el pueblo respondió a una voz diciendo:
Ø Haremos todas las
cosas que Jehová ha dicho.
Parece que se emplean dos clases de
material:
· Las palabras (debarim H1697) y
· Los decretos (mishpatim H4941).
Es posible que los debarim H1697 traten del Decálogo, Y Dios habló todas estas palabras (debarim H1697), diciendo: ... (20:1), y representan las leyes apodícticas2); Mientras que los mishpatim H4941 representen las leyes, o las específicas que emplean la forma de cuando... si... (ver 21:2–11, etc.).
El Libro del Pacto es reconocido como el código legal
más antiguo del Pentateuco; sin embargo, aun con su antigüedad, había códigos
semíticos en vigencia muchos años antes de éste. Entre ellos y las costumbres
bíblicas se encuentran algunas semejanzas que provienen de pueblos de un
parentesco similar.
Hoy, después de los hallazgos
arqueológicos, se puede comparar y contrastar las leyes y costumbres bíblicas
con las de otros pueblos del medio oriente. Para referencia en el estudio se tratarán
dos antiguos códigos principales de la zona:
Ø El Código de Esnunna (cerca de 1925 a.
de J.C.) y
Ø El famoso Código de Hamurabi (rey de Babilonia,
1728–1686 a. de J.C.; también ver otros códigos importantes: Código de LipitIshtar, cerca de 1850 a. de J.C.; el Código de los
Hititas, cerca de 1450 a. de J.C.; y el Código de los Asirios, cerca de
1350 a. de J.C.; se encuentran traducciones completas de los textos en inglés en
Prichard,
ANET; desafortunadamente, son pocas las traducciones en español y éstas son
parciales).
Es evidente que el Decálogo vino bastante
tarde en la historia del Israel primitivo. Fueron muchos los años entre Abram y
la época de Moisés, y los hebreos habían vivido al lado de muchos pueblos.
Todas las naciones antiguas de la zona fueron gobernadas por sus propios
códigos legales y todos éstos tenían sus semejanzas y sus diferencias.
Los países del Medio Oriente se ligaron
con relaciones recíprocas a través de siglos de comercio, de conquistas y de
migraciones. Ciertamente Israel había desarrollado su propia cultura influido
por los demás, y en Sinaí nació formalmente entre la familia de las naciones.
Moisés mismo había sido instruido en el
sistema legal egipcio, y antes de la revelación en Sinaí poco a poco había ido
tomando algunas decisiones judiciales que principiaron la formación de la
jurisprudencia nacional israelita.
· Israel no rechazaba lo bueno de los códigos
contemporáneos;
· Sin embargo, todo tenía que entrar bajo
el señorío de la revelación de Jehovah en Sinaí;
· Consecuentemente, en el código israelita se encuentran elementos que
sobrepasan lo descrito en los otros sistemas conocidos.
Ø El código israelita se destaca por el
amplio espíritu humanitario;
Ø Por la limitación de la venganza;
Ø Por la protección de los miembros indefensos de la sociedad;
Ø Por el sistema de justicia equitativo establecido;
Ø Por las medidas, aun severas, para limpiar
el pueblo del mal, y por las preocupaciones elevadas en asuntos relativos a la
adoración de Dios y del culto.
Consecuentemente, no son las semejanzas las que saltan a la vista, sino las diferencias, y éstas encuentran su explicación en la revelación divina.
Aunque no todas las leyes de la sección se
relacionan directamente con el Decálogo, son prolongaciones de éste.
Desde el principio Israel entendió que era un pueblo gobernado por ley; sin
embargo, comprendía que las leyes provenían de Dios.
Ø Entonces, el primer propósito del Código del Pacto fue traer las leyes
antiguas casuísticas bajo la influencia de los principios apodícticos del
Decálogo;
Ø En segundo término, estableció algunas
directrices para la vida del pueblo en el desierto; y
Ø Finalmente, con anticipación, inició la preparación del pueblo para la transición inminente de la entrada a Palestina con el consecuente conflicto venidero con la cultura agrícola cananea (nótese la influencia agrícola en el Código: 22:5, 6, 25; además había esclavos, etc.).
¿Qué Significan Las Leyes Para La Época Moderna?
Para entenderlas, debemos comenzar con
ellas en su contexto y buscar su significado en la situación de aquella vida.
Probablemente se las formulaba como casos clásicos para guiar las decisiones de
los ancianos, los que formaban el primer paso judicial de los pleitos comunes
entre el pueblo.
·
El
Código del Pacto trata de leyes casuísticas y
·
Apodícticas.
En Israel, había una diferencia entre estas dos formas legales. En contraste con
el Decálogo, la legislación casuística no fue dada para todas las edades ni
para todos los cambios socio-económicos por
los cuales pasaría el pueblo. Cada generación, bajo la inspiración del Señor y
con los principios apodícticos del Decálogo, tendría que establecer sus leyes
casuísticas.
El trabajo legislativo del AT., no terminó con Moisés. Aunque hubo
muchos anónimos, había muchos conocidos que hicieron un aporte al cuerpo legal,
tales como Josué, Samuel, David, Salomón, Ezequiel, Esdras, y la lista va más
allá del espacio disponible. Es evidente que un sistema
legislativo es dinámico en su
formación; por consiguiente, es complicado en sus evaluaciones.
Ø Es posible que en la transmisión del
texto haya habido partes de leyes antiguas perdidas, y aun elementos
posteriores agregados a un texto antiguo.
Ø Además, nuevas leyes se agregaban para tratar de casos corrientes.
Siempre es recomendable evitar una interpretación
dogmática en cuanto al origen de ciertas leyes; sin embargo, es posible
identificarlas con cierta facilidad en su contexto histórico y entenderlas
generalmente con sus propósitos y funciones principales.
En cuanto al análisis, el estudio se limitará al texto de Éxodo. Bajo la inspiración divina, Moisés inició el proceso de formular una legislación para el pueblo. A pesar de costumbres extrañas y lejanas, se buscarán los principios iniciales y después se analizarán las implicaciones para aquella época y para la moderna.
(1) Leyes Del Culto.
Éx. 20:21–26.
Mientras que el pueblo se mantenía alejado, Moisés se acercó a la densa oscuridad y Dios le dio otras instrucciones para los hijos de Israel (v. 21).
a. La Prohibición De Imágenes. Éx. 20:22, 23.
Antes de comenzar con las leyes civiles
(21:1), Moisés recibió instrucciones nuevamente acerca de la naturaleza del
culto. De acuerdo con el segundo mandamiento, no debían hacer dioses de plata
ni de oro (ver 34:17; Deut. 27:15). Para los hebreos, la plata y el oro eran
los metales más preciosos.
¡Ninguna imagen, por más rico que fuera el material del que estaba hecha, podía compararse al Señor viviente que hablaba con su pueblo! Los ídolos, si bien visibles, no tenían vida ni podían hablar. En el culto no pondrían ídolos; el Señor no compartiría el culto ni la lealtad con nada o nadie.
b. Instrucciones Sobre La Edificación De Altares. Éx.
20:24–26.
En vez de ídolos, Israel debía construir
altares; sin embargo, no los levantaría en cualquier lugar, sino que los haría
únicamente en los lugares donde Jehová hiciera recordar su nombre (v. 24). A
pesar de que el sistema sacrificial no había sido reglamentado todavía, las
instrucciones indicaban que Israel tendría algo parecido a lo que los otros
pueblos practicaban. El sistema antiguo de sacrificar animales era una manera
por la cual los hombres expresaban su devoción y gratitud a Dios.
El altar de tierra (v. 24) o de piedras no labradas
(v. 25) refleja
la simplicidad de la adoración pura y del acceso a Dios ofrecido a todos los
israelitas en todos los lugares. Los objetos naturales eran
considerados sagrados tales como el Señor los habían hecho. Con su trabajo el
hombre no podía mejorarlos; al contrario, podía destruir la santidad de ellos
por labrarlos y así profanarlos (v. 25). Además, un pueblo nómada no se quedaría
en un lugar el tiempo necesario para construir centros elaborados. Con todo, el
mandamiento revela un culto nómada consistente con el de Israel en el desierto.
Debido al estilo de vestidos que usaban,
la prohibición de gradas para subir al altar (v. 26) evitaba un descubrimiento
inmodesto de la desnudez del adorador y protegía el concepto de lo santo. La
palabra desnudez era un eufemismo para los órganos sexuales (ver Lv. 18:6). Más tarde, a los
sacerdotes se les prescribiría vestirse con pantalones de lino para cubrir su
desnudez... cuando se acerquen al altar para servir en el santuario... (28:42, 43). Los pantalones cubrían la desnudez y permitían la entrada
en el santuario:
· La vida era algo misterioso y santo;
· Por lo tanto, se otorgaba a los órganos de
procreación un alto grado de santidad.
· El abuso de lo santo era pecado;
· Entonces, se evitaba la inmodestia.
El culto enseñaba lo sagrado de la vida y
de la procreación tanto como la pureza y dignidad con la cual se adoraba a
Dios.
Además de la simplicidad del altar y del
culto, probablemente las restricciones también eran dirigidas contra la
práctica de los cultos de fertilidad de los cananeos. Ellos hacían algunos de
sus altares muy elaborados y elevados con sistemas complicados de gradas para
subir a adorar al “dios supremo” de ellos. Los altares para Israel no
serían lugares de desfiles de sacerdotes ni de actividades inmodestas e
inmorales.
Por medio de las instrucciones para el
culto, el Señor recalcaba el significado de los dos primeros mandamientos y lo
sagrado de la vida. Además, les enseñaba que la adoración era importante en la
vida y debía ser pura; se debía adorar en una manera correcta y con dignidad.
Algunos eruditos consideran que las
instrucciones para levantar múltiples altares en Éxodo provienen de una época
temprana de la historia de Israel; sin embargo, indican una fecha mucho más tardía para la
centralización del culto por medio de levantar el altar (singular) en el lugar que Dios haya escogido de todas vuestras tribus
para poner allí su nombre y morar en él... (Deut.
12:5, 11). Si las dos ordenanzas (20:24 y Deut. 12) vienen de la misma época,
se sugiere que serían antagónicas.
Aunque sea posible la opinión, sugiero que
posiblemente haya otra manera de interpretar los dos textos sin ponerlos en
conflicto. Éxodo 20:24, 25 no autoriza el establecimiento de lugares de culto
sin restricciones. Las instrucciones divinas están relacionadas con la
historia sagrada por la frase en cualquier lugar donde yo haga recordar mi
nombre... (v. 24).
Esto incluye los lugares donde ya había
recordado su nombre en la tierra de Canaán y cerca de Sinaí (ver Gn. 12:6, 7;
22:2; 26:23–25; 35:1; Ex. 17:8, 15) y abre la puerta para que lo haga en otros
lugares cuando le plazca (ver Deut. 27:5, 6 [al mando de Moisés]; Juc. 6:25,
26; 13:16; 2 Sam. 24:18; 1 R. 3:4, 5; 18:31–39). Las indicaciones de Éxodo 20 y
la regla general de Deuteronomio 12 no se oponen.
En cuanto a la historia, la ciudad de
Jerusalén llegó a ser una cuidad israelita cuando fue tomada de los jebuseos
por el rey David (cerca de 1,000 a. de J.C.), y después se
edificó el templo allí durante el reinado de Salomón. No habría manera de
establecer un culto central antes de 940 a. de J.C.; entonces, la regla general
no contradice la palabra de edificar altares en lugares indicados por Jehová.
Así que Moisés les mandó levantar un altar con piedras sin labrar en el monte
Ebal una vez que hubieron entrado en la tierra prometida (Deut. 27:5, 6), e
Israel adoraba en lugares múltiples en la tierra.
Trágicamente, con el transcurso del tiempo hicieron lo malo ante los ojos de Jehová mezclando en una forma sincretista el culto jehovista con el del baalismo. Consecuentemente, vino el castigo del Señor y finalmente la nación perdió su libertad obtenida en el éxodo (ver la caída de Samaria en 722 a. de J.C., y la de Jerusalén en 587 a. de J.C.).
Concluyó:
Los decretos del pacto3) en el cap. 20 están listados en orden de prioridad
descendente y enfocados sobre la relación de los israelitas con Dios y con
otros pueblos.
El Señor Jesús resumió esta doble división como:
· Amor a Dios y
· Amor al prójimo (Mt. 22:37-39; Mr.
12:29-31).
El amor a Dios debe ser primero, pero éste no puede nunca estar divorciado del amor al prójimo; el primero conduce automáticamente al otro.
Amor
a Dios y Amor al Prójimo:
___________
Notas y
Bibliografía:
1) decálogo.
(Del lat. decalŏgus,
y este del gr. δεκάλογος). m. Conjunto de
los diez mandamientos de la ley de Dios. 2. Conjunto de normas o consejos que,
aunque no sean diez, son básicos para el desarrollo de cualquier actividad. Microsoft®
Encarta® 2009.
2) apodíctico, ca. (Del lat. apodictĭcus,
y este del gr. ἀποδεικτικός,
demostrativo). adj. Fil. Incondicionalmente cierto, necesariamente válido. Microsoft®
Encarta® 2009.
3) berît
= (בְּרִית, H1285), «pacto; alianza; convenio; acuerdo;
confederación». Lo más probable es que este nombre se derive de la
raíz acádica que significa «encadenar, poner grillos»; tiene paralelos en
hitita, egipcio, asirio y arameo. Berît
se encuentra más de 280 veces en todas las secciones del Antiguo Testamento. El
primer caso del vocablo está en Gn. 6:18: «Pero estableceré mi pacto contigo [Noé]. Entraréis en el arca
tú, tus hijos, tu mujer y las mujeres de tus hijos contigo». «Alianza» es la traducción preferida de berît por la rv: «Haced, pues, ahora alianza con nosotros»
(Jos. 9:6); sobre todo en el caso de acuerdos políticos internos de Israel (2 Sam.
3:12-13; 3:21; 5:3) o entre naciones (1 R. 15:19). En estos casos las
revisiones subsiguientes (rvr, rva, nrv) usan «alianza» o «pacto». En Juc. 2:2 se traduce: «Con tal que nosotros
no hagais «pacto» con los moradores de esta tierra», («alianza» rva). El mandamiento también le fue dado
a Israel en Ex. 23:32; 34:12-16; y en Deut. 7:2-6. (VINE).
- e-Sword-the. LEDD.
- Biblia de Estudio RYRIE.
- Pastor: Carlos Ramírez Jiménez. 1//3//2022. MISIÓN
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Noé. Los Cardos Mz.E - Lt.18. III Etapa.
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