LA RAZÓN
CATOLICA Vs. LA RAZÓN DE DIOS: Sobre El Perdón De
Pecados:
(Juan
20:22-23)
“Y habiendo dicho esto,
sopló, y les dijo: Recibid el Espíritu Santo… A quienes remitiereis los
pecados, les son remitidos; y a quienes se los retuviereis, les son
retenidos”.
(Juan
20:22-23)
Pastor: Carlos Ramírez Jiménez:
La presente es un
artículo presentado por un sacerdote católico Romana [en una entrevista], dando
sus pretensiones que solo los sacerdotes católicos romanos pueden perdonar
pecado [Remitidos], vamos a ser honestos y dar una respuesta quien puede
perdonar pecados, si es la atribución humana “sacerdote romano, o pastor evangélico, etcétera, o es una atribución
que solo le compete a Dios”, veamos
quién tiene la razón, el hombre o Dios.
Sólo sacerdotes pueden perdonar pecados. Un
representante autorizado del Vaticano, reafirmó la doctrina católica, en cuanto
a la posición, de que los pecados solamente pueden ser remitidos por los
sacerdotes de la propia Iglesia Católica Romana (ICR).
Eso significa, que cualquier persona que
no pasa por el perdón de los sacerdotes consagrados por el Vaticano, no se
salvarán del infierno.
Esto es lo que explica la agencia de
noticias Zenit, con sede en el Vaticano, al publicar un reportaje realizado por
José Antonio Varela Vidal al padre
dominico Hernán Jiménez, confesor en basílica Santa María la Mayor de Roma.
María la Mayor es uno de los llamados
cuatro templos papales encargados para el rito de la confesión. Según una
antigua tradición, se le confió a la orden dominica esa responsabilidad.
En
una parte de la entrevista se produce el siguiente diálogo:
Varela
Vidal: ¿Existe acaso la
confesión "directa con Dios",
tal como argumentan algunos? ¿Cuál es la diferencia de esa práctica con el
sacramento de la Reconciliación?
P. Jiménez: Con Dios hay una
comunicación directa con la oración y la meditación interior, pero nunca la
remisión de los pecados. Según el mandato del Señor, solamente los apóstoles y
sus sucesores, los sacerdotes, lo hacen.
Varela
Vidal: ¿Cuál es la
base bíblica del perdón de los pecados ejercida por un sacerdote frente a un
penitente? ¿Él actúa en nombre de Dios o lo hace por su propio poder de
consagrado?
P. Jiménez: La base la
encontramos en los Evangelios, en Juan
20:22-23. El sacerdote actúa en el nombre de Dios y lo hace por el mandato
de la Iglesia que recibe en la ordenación sacerdotal. El sacerdote remite todo pecado con la fórmula: “… en nombre del
Padre, del Hijo y del Espíritu Santo”.
A esa afirmación de Jiménez, debe agregarse que no la hace por cuenta propia sino que
está avalada por su orden y por las autoridades de la jerarquía vaticana.
En la Iglesia Católica Romana (ICR) el “confesionario”
es el lugar más productivo para la sumisión de los “penitentes”,
término oficial del catolicismo romano para las personas que acuden al
confesionario para pedir el perdón de sus pecados. Si de ahí parte la
denominada “nueva
evangelización” según el papado, a todas luces, se insiste en
reafirmar el pasado. (Fuente: AcontecerCristiano.Net).
2. Reflexión Bíblica: La Biblia Dice. (Juan
20:23):
“Y habiendo dicho esto, sopló, y les dijo:
Recibid el Espíritu Santo… A quienes remitiereis los pecados, les son remitidos;
y a quienes se los retuviereis, les son retenidos”. (Juan 20:22-23)
Etimología:
G863 ἀφίημι = afíemi: de G575 y ἵημι = jíemi (enviar; form. intensivo de εἶμι éimi, ir);
enviar, en varias aplicaciones (como sigue):- perdonar, permitir, quedar, salir,
abandonar, consentir, dejar, despedir, entregar, remitir. (Strong).
Ayuda Hermenéutica:
V.23:
M152: Hay un
sentido condicional latente en la partícula indefinida ἄν. Así que hay dos
traducciones parecidas: a quienes ustedes remitan los
pecados, y: si ustedes remiten los pecados de cualquiera.
[Editor. El aspecto indefinido al cual se refiere esta partícula parece que es
el número de personas que serían las beneficiadas con el ministerio de los
discípulos, y no a que ellos decidan si quieren usar el poder que Cristo les
ofrece].
Ayuda Hermenéutica:
NOTA: V.23: Le son
remitidos… les son retenidos. Literalmente
les han sido remitidos… les han sido retenidos. Puesto
que solo Dios puede perdonar pecados
(Marcos 2:7), los discípulos y la Iglesia reciben aquí la Autoridad para
declarar lo que hace Dios cuando una persona acepta o rechaza respectivamente a
su Hijo. Mateo 16:19.
¿Por qué habla éste así? Blasfemias dice. ¿Quién
puede perdonar pecados, sino sólo Dios? Marcos 2:7.
Marcos 2:5-7: En lugar
de decirle al paralítico: "Estás sano", Jesús le dijo:
"Tus pecados te son perdonados". Para los líderes judíos era una blasfemia pretender hacer
algo que solo Dios podía hacer. De acuerdo a la Ley judía, este pecado merecía
la muerte (Levíticos 24:15-16).
Los líderes religiosos entendieron muy
bien que Jesús afirmaba que era el Mesías, pero el juicio que emitieron fue
erróneo.
Jesús no
blasfemó, porque lo que dijo era cierto. Jesús es Dios y lo demostró sanando al
paralítico (Levíticos 2:9-11).
V.7:
R697: Οὗτος se
usa para expresar la idea de reproche
(por parte de los fariseos y con respecto a Jesús; comp. Lucas 15:2).
“Y
a ti te daré las llaves del reino de los cielos; y todo lo que atares en la
tierra será atado en los cielos; y todo lo que desatares en la tierra será
desatado en los cielos”.
(Mateo 16:19)
V.19:
B94: Ἔσται
δεδεμένον es una construcción perifrástica en futuro perfecto
(el participio virtualmente es un adjetivo, y es más natural que signifique: será atado, que habrá sido
atado [aunque puede significar: se hallará
atado] -M18.
Toda la cláusula debe traducirse: Lo que tú ates ya habrá sido
atado permanentemente -TGr80. Se usa como un
futuro perfecto perifrástico -T89). [Editor. Hay un
pequeño desacuerdo aquí, en cuanto a si debe preferirse la traducción alterna
de Moule, lo cual parece mejor (se hallará atado).]
Sólo aquí, v. 23, en este Evangelio el verbo traducido remitáis[1] se usa en
relación con pecados, pero es frecuente en los Sinópticos (ver Mt. 6:12; 9:5;
Mr. 2:5; Lc. 5:23).
Algunas traducciones emplean “perdonar”
en vez de “remitir”
e “imputar”
en vez de “retener”.
Hay una partícula griega condicional,
usada al comienzo de las dos cláusulas, y que puede traducirse “si”
o “cuando”,
pero es omitida por muchos traductores. Existe una relación directa entre la
recepción del Espíritu Santo, mencionada en el versículo anterior, y la
autoridad de la iglesia de declarar algunos pecados remitidos y otros
retenidos.
Esta autoridad no es automática, ni
arbitraria, ni individual, sino que se debe expresar por la comunidad cristiana
únicamente bajo el discernimiento y la dirección del Espíritu Santo. Brown,
fiel a su tradición, entiende que la construcción gramatical señala una
interpretación sacramental.
Por ejemplo, Morris cita a Brown en una
publicación de éste con fecha de 1967 en que afirma: “El
poder para absolver y para retener los pecados del hombre se da explícitamente
a los doce en 20:23”. Aunque sigue con la interpretación
sacramental, en su comentario publicado en 1978 es menos categórico. Brown
aprovecha algunas variantes en el texto griego para reforzar su posición.
Otros comentaristas rechazan
categóricamente la interpretación sacramental. La autoridad fue dada a todos
los discípulos presentes, incluyendo a varios además de los diez (ver Lucas
24:33), no estando presente Tomás.
Varios observan que esta autoridad fue
dada en relación con el cumplimiento de la misión de la predicación del
evangelio. Siendo así, la interpretación más natural sería que, al proclamar o
enseñar el evangelio del reino, el vocero tiene la autoridad de anunciar las
condiciones para que uno reciba el perdón de pecados.
Si uno cumple las condiciones, se declara
que sus pecados han sido perdonados; si no las cumple, se declara que han sido
retenidos.
Nótese: que el que
presenta el evangelio no perdona ni retiene pecados, sino declara lo que Dios
ha hecho basado en las promesas de su Palabra. Plummer llama la atención al uso
plural de “ambos lados”, de los que declaran el perdón y los que lo reciben.
Este hecho indicaría que
se trata de la autoridad de la comunidad y no de un individuo, y de los hombres
pecadores en general, y no un pecador individual.
Este análisis armoniza con
la autoridad que Jesús dio a Pedro y a los demás discípulos en relación con la
confesión de Cesarea de Filipos (ver Mateo
16:18 s.; 18:18).
Juan 20:23:
Dicho
en otras palabras: Los discípulos
deben predicar tanto sobre el camino de salvación como sobre el camino de
perdición.
Deben
explicar cómo los pecadores pueden alcanzar el perdón y presentar los peligros
de rechazar el evangelio:
· Que los pecados de los que escuchan sean o
no perdonados,
· depende de su aceptación o rechazo de
Cristo.
Concluimos:
Jn.20:22: El soplo de Dios da vida. Dios creó al
hombre, pero este no tuvo vida hasta que Él le sopló aliento de vida (Génesis 2:7).
Aquel primer soplo hizo que el hombre fuera diferente a los demás seres
creados.
Aquí, mediante
el soplo de Jesús, Dios imparte vida eterna y espiritual. Con esta inspiración vino el poder para hacer la voluntad
de Dios en la tierra.
Jn.20:23: Jesús
detalla la misión de los discípulos: predicar las buenas nuevas de Jesús de modo que los pecados
de la gente pudieran perdonarse.
Los
discípulos no tenían el poder para perdonar pecados (solo Dios puede
perdonarlos), pero Jesús les dio el privilegio de decir a los nuevos creyentes
que sus pecados fueron perdonados por aceptar el mensaje de Jesús (veamos Mateo
16:19 y 18:18).
Veamos Mateo 16:19:
Este versículo ha sido motivo de discusión por siglos:
· Algunos dicen
que las llaves significan la autoridad que se requiere para llevar a cabo la
disciplina, la legislación y la administración en la Iglesia (18:15-18),
mientras otros aseveran que las llaves dan la autoridad para anunciar el perdón
de los pecados (Jn.20:23).
· Otros aún
manifiestan que las llaves pueden entenderse como la oportunidad de traer gente
al reino de los cielos por medio de la presentación del mensaje de salvación
que se encuentra en la Palabra de Dios (Hechos 15:7-9).
Los líderes religiosos pensaban que
tenían las llaves del Reino e intentaron excluir a algunos.
· No podemos abrir
o cerrar el reino de los cielos para otros, pero Dios nos usa para ayudarles a
encontrar la puerta de entrada. Para todos los que creen en Cristo y obedecen
sus palabras, las puertas del Reino están totalmente abiertas.
Mateo 18:18: Las palabras atar y desatar se refieren a la decisión de la
iglesia en los conflictos:
Ø Entre los
cristianos no hay corte de apelación fuera de la iglesia.
Ø Lo ideal es que
las decisiones sean tomadas bajo la dirección de Dios y basadas en el
discernimiento de su Palabra.
Ø Los creyentes,
por tanto, tendrían la obligación de llevar sus problemas a la iglesia y esta,
a su vez, de buscar la dirección de Dios para resolver los conflictos.
Ø El enfrentar los
problemas dentro del método de Dios tendrá impacto ahora y por la eternidad.
Yo
[usted] puedo perdonar el pecado que una persona haya hecho contra mí [usted]
cuando me pide que lo perdone, pero no puedo perdonar el pecado que una persona
pueda hacer contra Dios por no aceptar a Jesucristo como su Señor y Salvador, y
Guardar sus Mandamientos, u otra ofensa contra Dios o la Trinidad de ÉL… pero
Jesucristo si lo puede realizar porque el si es Dios: “Al ver Jesús [no sacerdote, ni pastor, o
religioso] la fe de ellos, dijo al paralítico: Hijo,
tus pecados te son perdonados…” (Mateo 2:5-7).
Al ver Jesús la fe de ellos, dijo al
paralítico: Hijo, tus pecados te son perdonados…”
___________
Nota:
[1] afiemi = (ἀφίημι, G863),
[apo = de (partitivo), y iemi = enviar],
tiene tres significados principales:
(a) enviar, despedir, perdonar;
(b) permitir, dejar, consentir;
(c) dejar, dejar solo, abandonar, descuidar. Se traduce con
el verbo dejar (c), en Mt.4:11; 4:20; 4:22, y pasajes paralelos;
Mt.5:24; 8:15, y pasajes paralelos; Mt.8:22: «deja que los muertos entierren a
sus muertos», y el pasaje paralelo; Mt.13:36. Se traduce «despedida» (Mt.18:12;
19:27, y pasajes paralelos: «hemos dejado»; igualmente los vv. 29; Mateo 22:22;
22:25; 23:23: «dejáis», y «sin dejar»; Mateo 23:38, y el pasaje paralelo;
Mt.24:2: «quedará», rv: «será dejada»; 40,41, y pasajes paralelos; Mateo 26:44;
26:56: «dejando»; Marcos 1:18: «dejando»; Mr.1:31: «dejó»; Marcos 7:8:
«dejando»; Marcos 8:13; 10:28-29; 12:1; 12:19-22; 13:34; Lucas 12:39:
«dejaría»; Juan 4:3 «salió», rv: «dejó», 28,52; Juan 8:29; 10:12; 14:18; 14:27;
16:28; 16:32; Rom.1:27; 1 Cor.7:11-12: «abandone», rv: «despida», v. 13:
«abandone», rv : «deje»; Heb.2:8; 6:1; Ap.2:4). Véanse ABANDONAR, CONSENTIR,
DESPEDIR, ENTREGAR, PERDONAR, PERMITIR, QUEDAR, REMITIR, SALIR. (VINE).
[2] REMISIÓN,
REMITIR:
A. Nombres:
1. afesis = (ἄφεσις, G859),
despido, liberación (de afiemi, véase B, Nº 1). Se utiliza del perdón de los
pecados, y se traduce «remisión» en rv y «perdón» en rvr (Mateo 26:28; Marcos
1:4; Lucas 1:77; Lucas 3:3; 24:47; Hechos 5:31; 13:38; 26:18; Efesios 1:7;
Col.1:14; Hebreos 9:22; 10:18: «remisión» (rv, rvr). Véase, A, y también
LIBERTAD.
2. apolutrosis (ἀπολύτρωσις, G629),
para lo cual véase bajo REDIMIR, B, Nº 2, se traduce «remisión» en Heb.9:15 (rv, rvr; vm,
rvr77: «redención»).
Nota: Para anektos, traducido «más remisión» (Lucas 10:12, rv; rvr:
«más tolerable»), véase TOLERABLE.
B. Verbos:
1. afiemi = (ἀφίημι, G863),
despedir, enviar (relacionado con A, Nº 1). Se traduce con el verbo remitir en
Juan 20:23, dos veces: «A quienes remitiereis los pecados, les son remitidos».
Las Escrituras dejan claro que las palabras del Señor no tenían la
intención de otorgar el ejercicio de la absolución, la cual las Escrituras
declaran que es la prerrogativa exclusiva de Dios. No hay ningún caso en el NT.,
de tal acción por parte de los apóstoles. Los términos se deben entender en un
sentido «declarativo»;
esta afirmación tiene que ver con los efectos del ministerio de ellos, con su
doble efecto de remisión o de retención. No podían, ni nadie podía después de
ellos, perdonar los pecados, como tampoco fue José quien restauró el copero a
su oficio o colgó al panadero (Génesis 41:13), ni como tampoco eran los
profetas los que cumplían aquello «que
declaraban que iba a sucederles a ellos mismos» (Jeremías 1:10; Ezequiel 43:3).
Véase PERDONAR bajo, B, Nº 1.
2. anapempo = (ἀναπέμπω, G375),
lit. «Enviar
arriba» (ana = arriba, y
pempo = enviar; véase ENVIAR). Se traduce con el verbo remitir en Lucas 23:7: «le remitió a
Herodes»; v. 15: «os remití». Véase ENVIAR, Nº 4, VOLVER.
3. paradidomi = (παραδίδωμι,
G3860), véase
ENTREGAR, A, Nº 6. Se traduce «remitía
la causa al que juzga justamente» (1 Pedro 2:23, rv; vm: «remitía»; rvr, rvr77, lba:
«encomendaba»; Besson: «se
entregaba»). Véanse también DAR, ENCARCELAR, ENCOMENDAR, ENSEÑAR, EXPONER,
TRANSMITIR. (VINE).
- Fuente:
Acontecer Cristiano 6 years ago Católicos, Herejía, Infierno, Sacerdotes,
Vaticano.
- e-Sword-the. LEDD.
- Biblia de Estudio RYRIE.
- Pastor: Carlos Ramírez Jiménez.
14//05//2018.
LEA
SU BIBLIA, LEA SU BIBLIA,
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